elmercado.mx | México. (CM). Sabemos que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) se define como un órgano autónomo. Su responsabilidad es promover, proteger y garantizar la competencia, así como de prevenir, investigar y combatir las prácticas monopólicas en el país.
Es un órgano que es y será imprescindible en el México de los nuevos tiempos.
Autotransporte de Cancún
Entre sus actuaciones recientes, resalta haber emplazado, -apenas el 8 de agosto- a un agente económico relacionado con el mercado de autotransporte federal de pasajeros del Aeropuerto Internacional de Cancún para que éste responda “por su probable responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas”. (Véase Comunicado).
La COFECE inició esta investigación desde 31 de marzo de 2016, a partir de una denuncia, y la concluyó el 6 de abril de 2018, con la emisión de un Dictamen de Probable Responsabilidad.
Vale recordar que se consideran “prácticas monopólicas” aquellas en las que “uno o varios participantes tienen poder sustancial en un mercado”, mismo que utilizan para desplazar indebidamente a sus competidores -asienta COFECE-, impedirles acceso o establecer ventajas exclusivas en favor de uno o varios agentes económicos.
COFECE señaló que, mediante denuncias, tuvo conocimiento de los hechos que consisten en “negativa de trato”. Es decir, “rehusarse a vender, comercializar o proporcionar a personas determinadas bienes o servicios disponibles y normalmente ofrecidos a terceros”.
El asunto permanece en trámite. Con este emplazamiento se inicia una etapa en la cual el probable responsable “podrá manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas relacionadas con las imputaciones en su contra”. Una vez que se reciban y se desahoguen las pruebas, la COFECE resolverá lo conveniente.
Multa a Pemex TRI
El día de hoy, 21 de agosto, el Pleno de la COFECE anunció la imposición de una multa por 418 millones 309 mil pesos a Pemex Transformación Industrial (Pemex TRI).
¿Qué es Pemex TI? Pemex TRI es una de las ocho divisiones de la empresa. Es la encargada de atender la demanda de todos los comercializadores interesados en adquirir productos petrolíferos de la paraestatal.
Esta subsidiaria (Pemex TRI) comprende tres áreas: Hidrocarburos (Gas, Etano), Petrolíferos (Gasolinas, Diésel, Turbosina, Combustóleo, Gas Licuado) y Petroquímicos (Metanol, Estireno, Tolueno, Xilenos, Azufre).
COFECE establece que Pemex TRI incumplió “uno de los compromisos que asumió ante esta autoridad para restaurar la competencia en el mercado de comercialización y distribución de diésel marino especial y otros petrolíferos”.
El compromiso de Pemex al respecto le fue solicitado con antelación, en virtud de una investigación por una posible práctica anticompetitiva.
Vale recordar que, en 2015, Pemex TRI había sido denunciada ante la Comisión por la posible realización de prácticas monopólicas relativas, específicamente por “discriminación de trato”.
Ello quiere decir, “no haber brindado las mismas condiciones de suministro y venta de primera mano de diésel marino especial a distribuidores de este combustible que se encontraban en igualdad de circunstancias”.
Antes de que la autoridad investigadora emitiera el Dictamen de Probable Responsabilidad, la empresa había solicitado, en septiembre de 2016, el cierre anticipado del expediente. A cambio, se comprometió a ejecutar acciones para proteger el proceso de competencia y libre concurrencia.
En la resolución previa, uno de los compromisos que se habían establecido fue la presentación anual de un informe realizado por “un auditor externo sobre los beneficios que Pemex TRI otorga respecto de la venta de primera mano y comercialización de todos sus petrolíferos” —gas LP, gasolinas, diésel, turbosina, intermediate fuel oil y combustóleo—, así como los elementos que toma en cuenta para otorgarlos.
Se trata, en suma, de un tema de transparencia de las subsidiarias de Pemex, mismo que hoy no puede eludirse.
El objetivo del informe solicitado era verificar que la empresa daba el mismo trato en la venta de primera mano a todos los competidores que participan en estos mercados.
Pemex TRI entregó el informe -señala COFECE- de manera extemporánea, con prácticamente un año de retraso. “Al retardar la presentación de la auditoría citada -asentó el organismo-, Pemex TI desatendió un elemento necesario y fundamental para que la COFECE pudiera verificar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas”.
Cierto, la Ley le otorga a Pemex TI el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la COFECE. Y lo hará.
PEMEX anuncia que impugnará
Como era de esperarse, este mismo día, mediante un comunicado divulgado por la Bolsa Mexicana de Valores y en su sitio web, Pemex Transformación Industrial anunció que impugnará ante el Poder Judicial la multa de COFECE, por “ilegal y desproporcionada”.
Señaló que Pemex TRI “ha cumplido con los compromisos adquiridos con la COFECE”, al haber modificado siete contratos de comercialización de petrolíferos que corrigieron las prácticas inequitativas.
Pemex TRI dice haber cumplido con “todas las obligaciones asumidas con la COFECE para evitar prácticas indebidas a la competencia en la comercialización y venta de primera mano de los petrolíferos investigados”, a la vez que haber colaborado desde un principio con la COFECE para corregir dichas prácticas.
Todo indica que el Poder Judicial tendrá la última palabra en este caso.
Con todo, para los nuevos tiempos, la COFECE tiene aún mucho por hacer en diferentes rubros en el país.
Fuentes: Comunicados COFECE, Bolsa Mexicana de Valores, PEMEX TI,
Portada: cortesía de COFECE y Pemex.